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Ecuador - 2.2 Aviación
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En el Ecuador existen veintiún (21) aeropuertos. Cuatro (4) aeropuertos certificados internacionales (Quito, Guayaquil, Manta y Latacunga). Sólo dos están recibiendo un número significativo de vuelos internacionales (más de 10 aerolíneas): 1) “Mariscal Sucre” (SEQM) en Quito operado por Corporación Quiport S.A. y 2) “José Joaquín de Olmedo” (SEGU) en Guayaquil operado por Terminal Aeroportuaria de Guayaquil S.A.

Nota: El Aeropuerto de Manta se encuentra actualmente en la transición de gestión de la DGAC al Gobierno Autónomo Descentralizado GAD Manta o alguna otra institución operadora  mientras que el Aeropuerto Latacunga es operado por la DGAC

Actualmente el Aeropuerto de Cuenca “Mariscal La Mar” (SECU), se encuentra en proceso de adecuación, que data de varios años de esfuerzos e inversiones técnicas significativas, para obtener la certificación a aeropuerto internacional. No obstante se verifica constantemente enunciados e inscripciones de Aeropuerto Internacional o “Internacionalización del Aeropuerto” la evaluación técnica está prevista para fines de 2023.

Los movimientos de vuelos de carga en Ecuador se operan tanto a través de vuelos regulares como ad-hoc. El número de vuelos de carga que ingresan al Ecuador está aumentando a un ritmo del 1% anual mientras que el número de vuelos de carga que salen del país está aumentando a un ritmo del 3% anual.

 

Retos y Avances

Ecuador se ha posicionado como un mercado aéreo importante tras la pandemia de 2020. Actualmente, el país ha recuperado su conectividad con fuerza: cerca del 10% por encima de los niveles de marzo de 2019 para el tráfico doméstico y 83% del mismo periodo para el tráfico internacional.1

Cabe resaltar que, los resultados que Ecuador ha alcanzado actualmente se deben a buenas prácticas y políticas que ha implementado el Gobierno y que han contribuido al crecimiento del sector.

Peter Cerdá, vicepresidente Regional para Las Américas de IATA2, destacó tres frentes que deben ser abordados por las autoridades,  con el fin potenciar la conectividad aérea para pasajeros y carga que a su vez impulsan el turismo, el comercio, la logística e inversión extranjera en el país*:

  1. El diálogo con las autoridades municipales para explorar oportunidades de crecimiento y con los operadores aéreos para evaluar una estructura de costos aeroportuarios,
  2. Revisar las tasas de sobrevuelo y de servicio de control de trágico ya que actualmente son unas de las más altas de Latinoamérica y esto puede influir negativamente en la competitividad del mercado,
  3. Crecer la conectividad doméstica e internacional de otras ciudades del Ecuador y así así brindar muchas más oportunidades al país.

 

(*) Día de la Aviación Ecuador, extracto, Discurso de apertura – Peter Cerdá 21 de junio de 2023

 

Nota: Referencias a pié de letra

 

Organismo de Supervisiónhttps://dlca.logcluster.org/sites/default/files/confluence/image2021-8-3_20-33-54.png%3Fversion%3D1%26modificationDate%3D1627994034000%26api%3Dv2

Dirección General de Aviación Civil (Dirección General de Aviación Civil) es la autoridad de aviación civil del Ecuador ubicada en Quito. Supervisa la regulación y la seguridad de la aviación civil, incluidos aviones, aeropuertos y pilotos. Esta dirección como entidad gubernamental tiene a su cargo la gestión y desarrollo de la industria de la aviación civil del país. Ecuador DGAC implementa directivas técnicas así como protocolos de aseguramiento de calidad cumpliendo con estándares nacionales e internacionales.

La Autoridad de Aviación Civil del Ecuador también investiga accidentes e incidentes de aviación y tiene como funciones:

Brindar servicios de navegación aérea seguros y eficientes a todas las aeronaves que vuelan dentro del espacio aéreo del Ecuador.

Desarrollar y mantener la capacidad de vigilancia de la seguridad operacional, de acuerdo con los estándares establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); y trabajar con/asesorar al Gobierno del Ecuador sobre cuestiones técnicas que afectan a la industria de la aviación.

Implementar políticas gubernamentales sobre aviación civil y coordinar y asesorar a las partes interesadas sobre cuestiones generales de desarrollo que afectan a la aviación civil.

Ley de Aviación Civil del Ecuador  Aviación Civil 

Código Aeronáutico Civil del Ecuador  Codigo-Aeronautico

 

Convenio ICAO sobre Aviación Civil Internacional - Doc 7300

Ecuador adhirió al Convenio de la OACI sobre Aviación Civil Internacional - Doc 7300, con fecha de depósito del instrumento de ratificación o notificación de adhesión, el 20 de agosto de 1954

 

Salvamento  SAR y Extinción de Incendios en Ecuador

El servicio de Búsqueda y Salvamento (SAR) y extinción de incendios en accidentes u otras emergencias aeronáuticas se coordina con el Sistema Integrado ECU 911 www.ecu911.gob.ec  [Cómo reportar una emergencia: https://www.ecu911.gob.ec/como-reportar-al-9-1-1/]

Contacto: https://www.ecu911.gob.ec/contactenos/

El Centro Coordinador de Búsqueda y Salvamento (RCC)  y la Gestión de  Instrumentos Meteorológicos están recientemente ubicados en la Escuela Técnica de Aviación Civil www.etac.edu.ec  (ETAC). La reubicación permitirá potenciar los servicios que provee el RCC Quito en horario 24/7 durante todo el año:

 

•    Coordinación de procedimientos de búsqueda de aeronaves pérdidas o accidentadas.

•    Coordinación de procedimientos de salvamento de las tripulaciones de vuelo y pasajeros.

•   Coordinación de alertas del sistema COSPAS SAR-SAT respecto a las activaciones de emergencia de aeronaves.

•    Coordinación de chequeo del transmisor de localización de emergencia de las aeronaves (ELT).

Con las nuevas instalaciones, el RCC podrá establecer mesas de trabajo con los organismos SAR públicos y privados de Quito y el resto del país, y así mejorar las coordinaciones inmediatas que se requieren para atender los casos de aeronaves en situación de emergencia.

 

Aerolíneas que operan actualmente (hasta Diciembre de 2023)

Esta es una lista de aerolíneas activas, no exhaustiva y estadística3

Vuelos domésticos:

  • Aeroregional
  • Avianca Ecuador Doméstico
  • Latam Airlines Ecuador Doméstico

 

Con servicios regulares desde/hasta: Quito, Guayaquil, Cuenca, Loja, Manta, Galápagos, etc.

Movimiento:  Se movilizaron más de 5 millones pasajeros atendidos a nivel nacional (2022)

Vuelos Internacionales:

  • Aeroregional
  • Aeroméxico
  • Aerorepública
  • Air Europa
  • American Airlines
  • Arajet
  • Avianca
  • Avianca Costa Rica
  • Avianca Ecuador Internacional
  • COPA
  • Delta Airlines
  • Iberia Lineas Aéreas de España
  • JetBlue Airways
  • KLM & Air France
  • Latam Airlines Ecuador Internacional
  • Latam Perú
  • Spirit
  • TACA
  • United Airlines
  • Viva Aerobus

 

Movimiento: En la conectividad aérea internacional se movilizaron más 3,8 millones de pasajeros (2022)

Fuente: Ministerio de Transportes y De Obras Públicas  Movimiento Aéreo Pasajeros 2022

 

Procedimiento para la Emisión de Permiso de Sobrevuelo

Trámite orientado a proporcionar la autorización que permita a las compañías aéreas internacionales efectuar sobrevuelos sobre el espacio aéreo, conforme a regulaciones, publicación y documentación de información técnica aeronáutica de la Dirección General de Aviación Civil.

 

Dirigido a:

Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

Pilotos de las aeronaves, técnicos de operaciones de vuelo, ciudadanía

Operadores aéreos nacionales e internacionales

Fuerzas Armadas del Ecuador, Policía Nacional, INAMHI, Secretaría Nacional de Gestión de

Riesgos, Instituto Geográfico Militar, Embajadas

 

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario FORMATO-200/DGAC ECUADOR
  2. Certificado de registro de matrícula de aeronave
  3. Certificado de Aeronavegabilidad
  4. Póliza de seguro de la aeronave
  5. Comprobante de pago de la transferencia internacional de fondos
  6. Peso máximo de despegue

Procedimiento:

1. Solicitar a la Dirección General de Aviación Civil el permiso de sobrevuelo mediante el "FORMATO-200/DGAC ECUADOR", adjuntando copias de: matrícula de la aeronave, certificado de aeronavegabilidad, póliza de seguro vigente, certificado de peso máximo de despegue.

2. Pagar la tasa de sobrevuelo

3. Recibir el permiso de sobrevuelo

Nota: Para mayor información acerca del trámite comunicarse al correo: juan.dominguez@aviacioncivil.gob.ec

Costo:

El costo está definido por el Consejo Nacional de Aviación Civil y depende del peso máximo de despegue de la aeronave (MTOW) versus la distancia en millas que sobrevuela la aeronave sobre el territorio ecuatoriano.

El trámite es presencial.

Lugar:

Dirección General de Aviación Civil
Quito: Buenos Aires OE1-53 y Av. 10 de Agosto  
(+593) 2 2947400 Ext. 4900 / 4950
Guayaquil: Av. de las Américas y José Alavedra Tama
(+593) 2 2947400 Ext. 2030 / 2031
Horarios de atención:
LUN - VIE
08:00 - 16:30

 

 

 

 

Procedimientos para Aeronaves con Matrícula Extranjera

A.- Permanencia de aeronaves extranjeras privadas en el Ecuador por menos de 48 horas

B.- Autorización de permanencia en el Ecuador de aeronaves privadas por más de 48 horas y una sola entrada.

C.- La autorización de permanencia en el Ecuador de aeronaves privadas por más de 48 horas y múltiples entradas

Norma Entrada, tránsito y salida de aeronaves:      Aeronaves Reglamento

 

Autorización especial de permanencia a largo plazo

 

Sin perjuicio de lo previsto en el numeral anterior, la DGAC podrá autorizar la permanencia de aeronaves con matrícula extrajera, empleadas en aviación corporativa o ejecutiva hasta por periodos de 12 meses, siempre y cuando su explotador sea una persona jurídica nacional o extranjera que acredite negocios permanentes en el Ecuador y en el exterior, que ameriten frecuentes entradas y salidas de la aeronave hacia y desde territorio ecuatoriano o su permanencia por periodos prolongados.

 

La solicitud para la correspondiente autorización, deberá contener, además de los requisitos previstos en el Formato 100VP, los pertinentes al desarrollo de actividades corporativas o ejecutivas siguientes:

 

Descripción de los negocios permanentes de la empresa en el Ecuador y el exterior.

Tipo de operaciones a efectuar en el Ecuador (trasporte de personal o equipos de la empresa, etc.)

Aeropuertos ecuatorianos donde se prevé que principalmente operará la aeronave.

Certificado de existencia y representación legal de la empresa, si es ecuatoriana o de constitución de sucursal en el Ecuador, si es extranjera.

 

Condiciones de la autorización

 

La autorización correspondiente para los vuelos de entrada y salida hacia y desde el país, y para vuelos de prueba o demostración, será impartida por la División de Operaciones. Las aeronaves no deberán iniciar su vuelo de llegada, hasta tanto hayan recibido en forma expresa tal autorización, sin perjuicio de ésta autorización los propietarios de las aeronaves deben cumplir los requerimientos de Aduanas, Migración, y otros organismos estatales ecuatorianos.

 

De conformidad con lo previsto en el Artículo 16 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, la DGAC se reserva el derecho de inspeccionar las aeronaves de matrícula extranjeras que se encuentren en el Ecuador, y a examinar los certificados y demás documentos de las mismas, prescritos en dicho Convenio, sin perjuicio de la competencia que le asista a otras autoridades.

 

En aplicación del Artículo 11 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, una vez autorizado el ingreso y/o permanencia de cualquier aeronave extranjera en el Ecuador, los aspectos relativos a su entrada, o salida, o a su operación y navegación, quedarán sometidos a la Leyes y Reglamentos Aeronáuticos del Ecuador.

 

Esta autorización puede ser únicamente utilizada por aeronaves privadas con matrícula extranjera, y que operen en sus países de origen bajo ésta modalidad, no con propósitos comerciales en el transporte aéreo. Esas aeronaves deben únicamente transportar sus tripulantes, el dueño o propietario, sus parientes e invitados en viajes de placer, y en el caso de compañías, los vuelos deben transportar únicamente al propietario, ejecutivos y personal de la compañía.

 

Los valores generados por la operación de la aeronave en territorio ecuatoriano, se pagarán antes de abandonar el país.

 

Requerimientos generales para la autorización

 

La autorización para la obtención del permiso de múltiples entradas tendrá validez hasta el último día del año en el cual la autorización fue solicitada.

 

La permanencia legal en el Ecuador para la tripulación y pasajeros extranjeros debe sujetarse a la Ley de Migración y ésta autorización no exime el cumplimiento de otros requisitos gubernamentales.

 

Cumplir los requisitos y formalidades de Aduana, Migración y Sanidad en los aeropuertos internacionales de arribo y partida de la República del Ecuador.

 

Cumplir con las normas contenidas en la Ley de Aviación Civil y sus regulaciones, así como las estipulaciones emitidas por las autoridades de sus países, respecto a marcas, matrícula, certificado de aeronavegabilidad, póliza de seguro, licencia de personal de vuelo, manuales de la aeronave y cualquier otra documentación apropiada y requerida para la operación segura dentro del espacio aéreo ecuatoriano.

 

Seguir los procedimientos y las rutas aéreas como está previamente establecido por la Dirección General de Aviación Civil en el Manual AIP (Publicación de Información Aeronáutica del Ecuador), o en cualquier publicación legalmente reconocida por la industria aeronáutica.

 

Notificar oportunamente a la autoridad aeronáutica ecuatoriana o al Centro de Control de Área, el punto en que se cruzará la FIR/UIR GUAYAQUIL y su intención de ingresar en espacio aéreo del Ecuador.

 

En el caso de poseer un permiso vigente, el número del mismo deberá ser colocado como Otros Datos en el plan de vuelo IFR/ICAO presentado en el punto de origen.

 

Una vez que las anteriores instrucciones sean cumplidas en el primer aeropuerto internacional de arribo, la aeronave extranjera puede operar dentro del territorio ecuatoriano, observando siempre las estipulaciones contenidas en la Ley de Aviación Civil y sus Regulaciones.

 

Cuando la aeronave salga del Ecuador, puede hacerlo sin algunas o todas las personas que entraron con esa aeronave. Esas personas pueden abandonar el Ecuador en otra fecha, y por cualquier otro medio de transportación, pero esas personas deben sujetarse a las normas de migración.

 

Las autorizaciones para múltiples entradas deben ser solicitadas a:

 

Dirección General de Aviación Civil

Buenos Aires Oe1-53 y 10 de Agosto

Quito, D.M.

Fax: 593 2 2506592 / 593 2 2221590 / 593 2 2238364

Web: www.dgac.gov.ec

E-mail: jefe_ops@dgac.gov.ec

Teléfono: 593 2 2562997 / 593 2 2221590.

 

 

Documentación Operador, Aeronave y Tripulación

 

  • Certificado de operador aéreo
  • Certificado de registro
  • Certificado de seguro
  • Certificado de aeronavegabilidad
  • Licencias de tripulación
  • Certificados de ingenieros
  • Certificado de autorización de mantenimiento
  • Registro de aeronaves
  • Tipo y marcas
  • Número de serie de la aeronave
  • Fechas previstas desde y hacia Ecuador
  • Vuelos Deseados dentro del país
  • Números de pasajeros previstos y carga de carga
  • Pólizas de seguro de cada aeronave que será operada.

 

Para Licencias de Personal Aeronáutico ver:  SIPA Aviacioncivil

 

La Aplicación debe Incluir:

    • Identificación de la aeronave por su nacionalidad y marcas de matrícula.
    • Marca, modelo y número de serie de la aeronave y de sus motores y hélices.
    • Nombre del operador solicitante, incluyendo su número de teléfono y dirección AFS, correo electrónico o código postal, donde se envía la respuesta.
    • Nombres de la tripulación a cargo, junto con su número de licencias emitidas o validadas por el Estado de matrícula de la aeronave.
    • Número de ocupantes que no pertenecen a la tripulación que ingresan y salen del país en la aeronave.
    • Aeropuerto(s) de entrada y salida hacia y desde el Ecuador (ser aeropuertos internacionales) y plazos para tal efecto.
    • Fechas y horarios aproximados previstos para la entrada y salida.
    • Lugar o lugares (ciudad y aeropuerto) donde permanecerá u operará la aeronave.
    • Lugar (dirección y teléfono) donde se puede encontrar la tripulación en Ecuador.
    • Motivo de la estancia. Si el motivo es realizar vuelos de demostración, deberán conocer los nombres o estar interesados ​​en la demostración. En el caso de reparación o mantenimiento, indicar el nombre del taller, el tipo de trabajo y su duración aproximada.

 

Cómo y Dónde Obtenerla

En linea:

 https://www.gob.ec/dgac . Seleccione el botón formulario en línea https://apps.aviacioncivil.gob.ec/form_vuelos_privados/Login/login y proceda a llenar los datos requeridos e imprimir el comprobante para recibir la autorización.

En persona:

Solicitar autorización de entrada y salida del país adjuntando los documentos acreditativos del equipo y tripulación para recibir la autorización.

Canales de atención: En línea (Sitio/Portal Web/Aplicación Web), Presencial.

Presencialmente: Dirección de Inspección y Certificación Aeronáutica

Quito: Buenos Aires OE1-53 y Av. 10 de agosto (+593) 2 2947400 Ext. 4000/4001

Guayaquil: Av. de las Américas y José Alavedra Tama (+593) 2 2947400 Ext. 2030/2031

Horario de atención: LUN – VIE 08:00 - 16:30

Contacto: Dirección de Inspección y Certificación Aeronáutica Correo electrónico: info@aviacioncivil.gob.ec

Teléfono: 22947400 extensión 4900/4940

 

 

Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs) “Dron”

 

Abstracto: Se define el término “dron” como aeronave no tripulada. La palabra “drone” es de origen inglés y su traducción al español es “abejorro”, nombre que le fue otorgado gracias al similar sonido que emiten sus hélices cuando estas se encuentran operando.

 

Los drones en el Ecuador se encuentran regulados por el Reglamento de Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs), Resolución Nro. DGAC - DGAC-2020-0110-R, emitido por la Dirección General de Aviación Civil con fecha 4 de noviembre de 2020, el cual establece que los drones no podrán ser operados en las cercanías de aeródromos, helipuertos, zonas intangibles, zonas de seguridad del Estado, entre otras. Además, estos artefactos deben ser registrados en la Dirección General de Aviación Civil y contar con un seguro de daños para operar que puede adquirirse desde los $3000 a $12000 dependiendo del peso del dron, su altura máxima de funcionamiento son los 122 metros de altura sobre el terreno y las horas permitidas para su funcionamiento están entre la salida y la puesta del sol, haciendo uso de condiciones meteorológicas adecuadas.

Reglamento: https://www.aviacioncivil.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2020/11/5-DGAC-DGAC-2020-0110-R-Reglamento-de-RPAs-1.pdf

 

Incluye: Formato solicitud especial de vuelo RPA, ver pag.12

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Modificación Vigente desde 14 de abril de 2023  incluye últimas modificaciones https://www.aviacioncivil.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2020/11/5-DGAC-DGAC-2020-0110-R-Reglamento-de-RPAs-1.pdf

 

Uso regular de drones actualmente en el Ecuador

  • Policía Nacional

A fin de regular sectores conflictivos y peligrosos, la Policía Nacional ha implementado en sus filas escuadrones de inteligencia altamente calificados que hacen uso de drones

  • Cuerpo de Bomberos

Capacitado en el manejo de drones con cámaras termográficas para detección y operaciones en incendios, cámaras de visión nocturna para ser empleados en misiones de búsqueda y rescate, sensores para coordenadas de terreno, drones con tecnología de objetivo de hasta 200x.

  • ECU911

El Sistema Integrado de Seguridad ECU911 desde el 23 de agosto de 2021 cuenta con una flota de veinte y tres drones que se suman a los dos que ya había adquirido anteriormente, con el propósito de articular y gestionar de forma más efectiva las posibles emergencias que puedan suscitar en el Ecuador

  • Gestión de Riesgos y desastres.

Empleado por parte del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias para el levantamiento de fotografías y videos, información topográfica, adquisición de datos de campo, e inspecciones de infraestructuras.

  • Agricultura

Drones dedicados y adaptados con cámaras de alta definición, sensores infrarrojos, rojos y RGB capaces de detectar el espectro electromagnético presente en la vegetación, sensores térmicos y radio rastreadores para obtener información de los cultivos.

  • Ministerio de Ambiente
  • Minería
  • Levantamiento de información patrimonial, Instituto Nacional de Patrimonio Cultura
  • Estudio de fauna
  • Fuerza Aérea Ecuatoriana

Empleados con fines de exploración, vigilancia y reconocimiento en zonas comprometidas en el transporte ilegal de combustibles y mercancía, cuentan con equipos de última 25 generación. Además, el Centro de Desarrollo e Investigación de la Fuerza Aérea trabajan junto al Ministerio de Defensa en el desarrollo investigativo y producción de drones como por ejemplo el Gavilán, una aeronave no tripulada producida por la CIDFAE que cuenta con una autonomía de cuatro horas y alcanza la velocidad de 110km/h con un alcance de 85km.

 

 

Importante: Uso de drones en aeropuertos está prohibido y sancionado en Ecuador.

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Protocolo Covid-19,  (vigencia desde 1 Agosto 2022)

https://www.salud.gob.ec/wp-content/uploads/2022/08/lineamiento_ingreso_al_pais_por_via_aerea_01-08-2022-signed-signed-signed.pdf

 

Restricción de ingreso al país4

No podrán ingresar al Ecuador los ciudadanos que tengan como puntos de origen o tránsito los siguientes países africanos: Sudáfrica, Botswana, Egipto, Mozambique, Lesoto, Zimbabwue, Eswatini y Namibia.

 

 

 

  1. Ref : Presentación Oportunidades del Transporte Aéreo en Ecuador, 2023 Power Point https://www.iata.org/contentassets/0b6d1c34ebb24fa390b6030be3327751/21062023_peter_cerda_iata_aviation_day_ecuador_final.pdf 
  2. Ref: IATA Ecuador Comunicado de Prensa , Día de la Aviación https://www.iata.org/contentassets/0b6d1c34ebb24fa390b6030be3327751/230621-ecuador-diadelaaviacion-comunicado.pdf
  3. Estadística proporcionada por Dirección General de Aviación Civil del Ecuador    
  4. https://www.aviacioncivil.gob.ec/ecuador-modifica-lineamientos-de-ingreso-por-via-aerea-al-pais-por-variante-de-covid-19/#:~:text=Requisitos%20de%20ingreso%20a%20Ecuador%20continental%20por%20v%C3%ADa%20a%C3%A9rea&text=Las%20personas%20mayores%20de%2016,despu%C3%A9s%20de%20completar%20el%20esquema. (>Leer último párrafo).

 

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