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3.3 Panamá Mano de Obra
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El Código de Trabajo, en su Artículo 174, establece que el salario mínimo será fijado periódicamente, por Decreto del Órgano Ejecutivo. El salario mínimo vigente a partir del 15 de enero de 2020 está dado por el Decreto Ejecutivo No.424, de 31 de diciembre de 2019, cuya rata por hora es de B/.3.24 para la Región 1, y B/.3.05 para la Región 2; a partir de esta rata el empleador está en la libertad de establecer las escalas de salario según las ocupaciones que se realicen en su empresa. La regionalización del salario mínimo fijado por Decreto Ejecutivo es por Distritos, agrupados en Regiones.

La Región 1 corresponde a Distrito de Panamá, Colón, San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro, La Chorrera, Arraiján, Capira, Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba, Boquete, Taboga, San Carlos, Chepo, Guararé, Los Santos, Pedasí, Dolega, San Félix, Barú, Boquerón, Portobelo, Donoso, Santa Isabel, Santa María, Parita, Pesé, Atalaya, Changuinola, Chiriquí Grande, Almirante, Tierras Altas, y Omar Torrijos Herrera. Mientas que la región 2, lo compone el resto de los distritos de país.

La legislación laboral de Panamá en el artículo 334 del Código Laboral, declara de interés público la constitución de los sindicatos como medio eficaz de contribuir al sostenimiento y desarrollo económico y social del país; la cultura popular y la democracia panameña. Las funciones principales de las organizaciones sindicales, de acuerdo al artículo 357 del Código Laboral, son: procurar el mejoramiento de las condiciones de trabajo de sus miembros y la defensa de sus intereses; propugnar que las relaciones entre empleadores y trabajadores se desarrollen sobre la base de justicia, mutuo respeto y colaboración dirigida a las condiciones propias de las actividades y desarrollo económico; y por último, promover la educación de sus agremiados, propiciando la creación de escuelas industriales de profesionales.

La mano de obra del país se concentra en las áreas de desarrollo de las principales industrias, siendo principalmente las de servicios como son los hoteles y áreas específicas como focos de la construcción de casas habitacionales y mega obras relacionadas con carreteras y transporte sin desmeritar la actividad minera de reciente desarrollo.

Para este y los próximos años, Panamá necesitará contratar con alrededor de 68 mil empleados con especialidades técnicas. El sector logístico será el que lidere la demanda, de acuerdo a estudio realizado por el   Observatorio del Mercado laboral del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL).  Las estimaciones de demanda por parte de las empresas de personal técnico son altas, siendo los sectores de logística, comercio, turismo, construcción, industrias y agricultura los de mayor potencial de crecimiento y demandarán mayor recurso humano en los siguientes años.

En Panamá, cuatro de cada diez empresas no logran encontrar los candidatos ideales en el momento en que los necesitaban. Los principales desafíos son: la brecha entre las competencias de las personas dispuestas a trabajar y las        competencias que demandan las empresas; y el desajuste en el sistema de desarrollo de las competencias para el trabajo y para la vida. En la comunidad nacional empresarial, en muchas ocasiones encuentran mayor vocación de servicio en la mano de obra extranjera que en la panameña. En adición, por algunos grados de especialización técnica, en momentos se dificulta encontrar la cantidad necesaria en la oferta local y se necesita contratar mano de obra extranjera.

Al recurso humano panameño, principalmente los jóvenes se les dificulta ser contratados ya que a pesar de estar capacitados académicamente, presentan carencias en el desarrollo de las habilidades blandas.  Este último punto, el MITRADEL está reforzando a través de diversos programas, estrategias y proyectos que ejecuta a través de la Dirección de Empleo, como por el ejemplo, el proyecto Aprender Haciendo que busca reforzar habilidades blandas para la vida y el trabajo.


Resumen de la (s) tasa (s) de trabajo

 

Costo
(Moneda Local- USD)

Tasa a partir de 1 de julio 2019

Trabajador general diario (trabajo informal no calificado) Peón o Ayudante

3.93

1 de julio 2019 hasta 31 de junio 2020

Trabajador general diario (mano de obra semi calificada)

4.44

1 de julio 2019 hasta 31 de junio 2020

Trabajador calificado

5.30

1 de julio 2019 hasta 31 de junio 2020

En el país, existe gran variedad de empresas que ofrecen los servicios de mano de obra para la estiba y manejo de carga. Muchas de estas se concentran en la región metropolitana, por el volumen de carga generado por los activos logísticos.



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