1 Panamá Perfil de País

1 Panamá Perfil de País


 

Información Genérica


Panamá, oficialmente República de Panamá, es un país ubicado en el sureste de Centroamérica. Su capital es Ciudad de Panamá. Limita al norte con el mar Caribe, al sur con el océano Pacífico, al este con Colombia y al oeste con Costa Rica. Tiene una extensión de 75 420 km².Localizado en el istmo del mismo nombre, franja que une a América del Sur con América Central, su territorio montañoso solamente es interrumpido por la cuenca del Canal de Panamá, la vía interoceánica que une al océano Atlántico con el océano Pacífico.

Información genérica sobre el país puede ser encontrada en fuentes que son regularmente actualizadas y que reflejan datos y cifras actuales. Para un vistazo genérico del país, favor consultar las siguientes fuentes:

Panamá Wikipedia Información País https://en.wikipedia.org/wiki/Panama

Panamá IMF Información País  https://www.imf.org/en/Countries/PAN

Panamá Información del Economist Intelligence Unit *  https://country.eiu.com/panama

(*Nota - este es un servicio de pago)


Información Humanitaria

Panamá Información del World Food Programme http://www.wfp.org/countries/

Panamá Información del UN Office for the Coordination of Humanitarian Affairs https://www.unocha.org/rolac


Cifras y Datos

Panamá  Información del Wolfram Alpha https://www.wolframalpha.com/input/?i=panama

Panamá  Información del World Bank https://www.worldbank.org/en/country/panama

Panamá  Información de Población http://worldpopulationreview.com/countries/panama-population/


1.1 Panamá Antecedentes Humanitarios


Desastres, Conflictos y Migración

Desastres Naturales

Tipo

Ocurrencia

Comentarios / Detalles

Sequías

Las principales afectaciones son en el sector agrícola principalmente en la región del Arco Seco que se extiende desde las provincias de Coclé, Los Santos, Herrera hasta Veraguas. En caso de que las sequías afecten a las poblaciones, el Sistema Nacional de Protección Civil interviene para brindar asistencia. Temporada seca: enero a mayo.

Terremotos

Panamá es considerado un país de riesgo sísmico, sin embargo, la recurrencia de los mismos no es significativa en comparación a otros países en la región. El país forma parte del bloque o Microplaca de Panamá, que es un área sísmica activa. Las fallas geológicas más importantes son la de Tonosí, de Gatún y el 'cinturón deformado del norte de Panamá'.  Hay registros de terremotos ocurridos en la provincia de Los Santos (1913), Bocas del Toro (1916), Veraguas (1941), Panamá (1971), Darién (1974) y el más grave ocurrido en Bocas del Toro en 1991, que dejó un saldo de 23 muertos, 337 heridos y 720 casas destruidas.

Epidemias

El Ministerio de Salud controla los pequeños brotes de epidemias que ocurren y cuenta con departamentos administrativos para desastres en el ámbito de salud y la mitigación de sus efectos en la población.

Temperaturas Extremas

Las temperaturas altas son comunes en la temporada seca del país, registrando temperaturas de 35°C a 37°C grados. El último evento que provocó temperaturas extremas fue el fenómeno del niño en 2009, con temperaturas de 38° C.

Inundaciones

Panamá es propenso a inundaciones durante la estación lluviosa del año; esto debido a varios factores. Entre ellos, la gran cantidad de población que vive en condiciones de vulnerabilidad en las laderas de los ríos y las malas prácticas de planificación urbana y ordenamiento territorial en la ciudad capital. 

Los periodos prolongados de intensas lluvias (abril a diciembre) han provocado pérdidas económicas, fallecidos y heridos en baja escala.

Infestación de Plagas

Zika / Hanta[1]. Casos asistidos por la acción de las autoridades competentes, sin embargo, el incumplimiento de las normas de salubridad e higiene de parte de la población dificulta en cierta medida el control de las plagas.

[1] WHO (2020). Panama country profile. Extraído de who.int/countries

Deslizamiento de Tierra

La vulnerabilidad de Panamá a los deslizamientos se da por uso indiscriminado del suelo, las precipitaciones, la actividad sísmica y las actividades relacionadas con la construcción desordenada de proyectos habitacionales y la deforestación.

Erupciones Volcánicas

No No se dan erupciones volcánicas desde hace muchos años. Sin embargo, existen 24 centros volcánicos, incluyendo el Volcán Barú (3,475m), en la Provincia de Chiriquí, considerado como inactivo.

Altas Oleadas

La reducción de los bosques de manglares en ciertos puntos de la geografía ha incidido en el impacto del mar en las zonas costeras, provocando mares de fondo.

Incendios Forestales

Son comunes en Panamá provocados por generación espontánea, la situación climática o la actividad del hombre principalmente en el área del Darién. Las autoridades del Ministerio de Ambiente del Gobierno de Panamá cuentan con planes de contingencia para mitigar los incendios forestales.

Fuertes Vientos

Panamá sufre ocasionalmente de tormentas severas. Sin embargo, no presenta vientos huracanados por su posición geográfica.

Otros Comentarios

Aun cuando Panamá no presenta la magnitud o recurrencia de desastres naturales en comparación con el resto de los países en la región, el país está expuesto a los mismos.

Eventos causados por el hombre

Conflictos Civiles

No

Panamá no ha presentado conflictos civiles desde 1903.

Conflicto Internacional

No Operaciones ilegales de traficantes en Colombia operan desde la región fronteriza remota de Panamá (https://www.cia.gov/library/publications/resources/the-world-factbook/geos/pm.html)

Desplazamiento interno de personas

No Ninguno

Presencia de Refugiados

La población refugiada reconocida formalmente por el gobierno panameño, la compone principalmente colombianos, nicaragüenses, venezolanos, cubanos y personas del norte de países centroamericanos (principalmente El Salvador). 

En el 2019, la nacionalidad nicaragüense se convirtió en aquella con el mayor número de solicitudes de asilos en el país.  (Referencia: ACNUR & NRC, 2019. Panamá: Monitoreo de Protección - Junio a Diciembre 2019. Extraído de acnur.org)

Minas / UXO presente

No -

Otros Comentarios

Ninguno

Para una más detallada base de datos en temas de desastres por país, favor ver Centre for Research on Epidemiology of Disasters Country Profile.

Efectos Estacionales en Capacidades Logísticas

Efectos Estacionales en el Transporte

Tipo de Transporte

Periodo de Tiempo

Comentarios / Detalles

Transporte en vías primarias

Abril a Diciembre

Afectaciones de flujo en las vías, por la celebración de fiestas nacionales en pueblos contiguos a carreteras o congestión en vías por accidentes.

En temporada lluviosa, puede darse caso de inundaciones en las vías, especialmente en la ciudad capital.

Transporte en vías secundarias

Abril a Diciembre

Afectaciones de flujo en las vías, por la celebración de fiestas nacionales en pueblos contiguos a carreteras o congestión en vías por accidentes.

Ferrocarril

N.D.

Transporte Aéreo

Abril a Diciembre

Octubre a Diciembre

La temporada de Lluvias tropicales de abril a diciembre y la migración de aves de octubre a diciembre, pueden afectar algunas veces las operaciones el aeropuerto.

En algunos casos paros sindicales, pero no ha llevado a casos mayores de interrupción del servicio.

Transporte en Vías Navegables Internas

N.D.

Efectos estacionales en Almacenamiento y Manejo de Carga

Tipo de Actividad

Periodo de Tiempo

Comentarios / Detalles

Almacenamiento

N.D.

              Ninguno

Manejo de carga

N.D Ninguno


Capacidad de Respuesta en País y Contactos Gobierno

Gobierno

El Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) es el ente rector facultado para atender y responder a emergencias provocadas por desastres naturales o antropogénicos. El SINAPROC está a cargo también del establecimiento de políticas y planes de acciones dirigidos a la reducción de vulnerabilidades e impacto de desastres en el territorio nacional (Ley 11 de febrero de 2005).

Al momento de un desastre, toda entidad pública, privada y organismo no gubernamental vinculante a la protección civil, deberán coordinar acciones en alineación a lo establecido por el SINAPROC. Para tales efectos, el SINAPROC cuenta con el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), cuyo propósito es mantener una coordinación entre las distintas autoridades competentes para facilitar una atención, protección y asistencia a las personas afectadas. El COE cuenta en su estructura con la organización de seis sectores: Emergencia y Respuesta, Salud, Infraestructura y Servicios Públicos, Logística y Ayuda Humanitaria, Albergues y Seguridad. Cada uno de estos sectores coordina acciones de respuesta relacionados al campo, y actúan bajo la designación de una institución coordinadora e instituciones de apoyo.

La decisión sobre la declaración de un estado de emergencia, emisión de un llamamiento internacional u ofrecimiento de asistencia humanitaria recae en el presidente de la República. Luego, será el Ministerio de Relaciones Exteriores, bajo la Secretaría General que estará a cargo de las coordinaciones diplomáticas para la solicitud, tránsito u ofrecimiento de asistencia. En este contexto, el SINAPROC toma el rol de coordinador de la gestión humanitaria a través del CCAH (Centro de Coordinación de Asistencia Humanitaria) figura interinstitucional a cargo del movimiento de carga humanitaria y acciones de respuesta.

El Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta también con el CECODI (Centro de Coordinación e Información), adscrito igualmente a la Secretaría General, creado para brindar asistencia y seguimiento a panameños en el extranjero al momento de presentarse eventos adversos.

Para más información en cuanto a detalles de contacto del gobierno, favor referirse al siguiente enlace: El equipo de la Sede en Roma del PMA ingresará enlace de la sección 4.1 Lista de contactos gubernamentales.

Comunidad Humanitaria

Organizaciones Humanitarias


Presencia
Regional Nacional
Sistemas de las Naciones Unidas
1 Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)


2

Entidad de la ONU para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer (ONU Mujeres)


3

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)

4

Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA)

5

Oficina de las Naciones Unidas de Servicios de Proyectos (UNOPS)


6

Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción de Riesgos de Desastre (UNDRR)


7

Oficina de Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA)


8

Oficina de Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACNUDH)


9

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO)


10

Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

11

Organización Panamericana de la Salud (OPS) /Organización Mundial de la Salud (OMS)


12

Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/sida (ONUSIDA)


13

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

14

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (ONU Medio Ambiente)


15

Programa de Voluntarios de las Naciones Unidas (VUN)


16

Programa Mundial de Alimentos (PMA)


Movimiento de la Cruz Roja y Media Luna Roja
17 Comité Internacional de la Cruz Roja
18

Federación Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja


Organizaciones No Gubernamentales

19 Agencia Adventista de Desarrollo y Recursos Asistenciales (ADRA)
20

Child Fund International


21

Consejo Noruego para Refugiados (NRC)


22

HIAS

23

Plan Internacional


24

RET Internacional

25

Techo Internacional


26

Save the Children


27

World Vision International


Otras Organizaciones
28

Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)


29

DHL - Equipo de Respuesta ante Desastres


Para más información sobre contactos referentes a las agencias humanitarias, favor ver el siguiente enlace:  4.2 Lista de contactos de las Agencias Humanitarias.


1.2 Panamá Departamentos de Regulación Nacional y Control de Calidad

Instancias Reguladoras vinculantes a logística humanitaria

  • Autoridad de Aeronáutica Civil: Entidad del estado que realiza funciones asignadas para llevar a cabo el proceso general de fiscalización en materia de aviación civil. Tramita los permisos de sobrevuelo y aterrizaje de las aeronaves involucradas en asistencia humanitaria.
  • Autoridad Nacional de Aduanas: Establece el control de entradas, permanencia y salidas de mercancías según el régimen a tratarse.

La Autoridad Nacional de Aduanas no cuenta con departamentos fiscalizadores por mercancía, se realiza el control previo mediante la presentación de la declaración de aduanas. El control sobre los tipos de mercancía lo ejecuta cada órgano anuente o institución que por Ley le corresponda. Toda carga que ingrese al territorio debe cumplir con los procesos de revisión dependiendo de la actividad, tipo de mercancía y modo de transporte.

  • Dirección General de Migración y Naturalización: Garantiza que todo personal proveniente de misiones internacionales y grupos de rescate internacionales, cumplan con los requisitos migratorios establecidos por ley.
  • Ministerio de Desarrollo Agropecuario (Dirección Ejecutiva de Cuarentena – DECA): Garantizar que los insumos de carácter cuarentenario ingresen al país bajo los requisitos necesarios. Entre los documentos cruciales para el ingreso de mercancía de carácter fito y zoosanitario, se puede mencionar: el manifiesto de carga o documentos de transporte; certificado fitosanitario o zoosanitario de origen; y la licencia de importación. En el caso de animales con fines humanitarios de rescate, además de la documentación correspondiente, se deberá presentar una certificación por parte de la entidad humanitaria, aclarando los fines de entrada al país.

La entidad es la encargada de ejecutar las normas de la Dirección Nacionales de Salud Animal y Sanidad Vegetal, en materia de cuarentena exterior e interior, y del control interno de la movilización de animales y plantas, a fin de proteger el estado fitozoosanitaria del patrimonio agropecuario nacional. Además, la de velar por la adecuada aplicación y ejecución de las normas fitosanitarias y sanitarias vigentes.

La Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria se creó mediante la Ley 23 de 15 de julio de 1997, bajo la dependencia directa del despacho superior del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

  • Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA): Asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de alimentos introducidos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científico y técnico.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores: Gestiona la asistencia y ayuda humanitaria internacional en casos de desastres.
    • Dirección General de Organismos y Conferencias Internacionales: Se encarga de orientar y coordinar la participación de Panamá en conferencias, foros y organismos internacionales. Así como de coordinar con los Ministerios las actividades con los organismos y elaborar la posición del Estado en la agenda multilateral. También colabora e impulsa la presencia de organismos internacionales a través del Centro Regional Interagencial de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe en Panamá y de otros.
    • Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado: Es el enlace entre las misiones diplomáticas y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Cuenta a lo interno de su estructura del Departamento de Privilegios e Inmunidades Diplomáticas, encargados de la emisión de certificación de exoneración de impuestos de carácter humanitario.
  • Ministerio de Salud (Dirección de Farmacias y Drogas): Garantiza que el ingreso de medicamentos, material y equipo médico, cumplan con los requisitos exigidos por las leyes respectivas.

Las funciones principales de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas en la regulación de medicamentos y vacunas en Panamá son:

  1. Vigilar que los Medicamentos y Vacunas cumplan con los estándares de calidad y/o requisitos técnicos –legales establecidos en las normas y reglamentos sanitarios nacionales e internacionales vigentes.
  2. Garantizar un sistema de trazabilidad lote a lote de las Vacunas que ingresan al país.
  3. Garantizar a la población que los Medicamentos y Vacunas sean seguros y eficaces, realizando controles de calidad a los productos y vacunas de acuerdo a lo establecido en las normas sanitarias vigentes.
  4. Establecer vigilancia y control permanente en los establecimientos y lugares de producción y dispensación de Medicamentos en la República de Panamá.
  5. Establecer vigilancia y control permanente en los establecimientos farmacéuticos donde se distribuyan Medicamentos y Vacunas en la República de Panamá.
  • Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC): Ente rector nacional, facultado para atender y responder a emergencias causadas por eventos adversos. Para mayor información, ver Sección Capacidad de Respuesta en País (Gobierno). 

Laboratorios de control de calidad de medicinas, vacunas y productos farmacéuticos

  • Instituto Especializado de Análisis de la Universidad de Panamá: laboratorio de control de calidad que realiza pruebas fisicoquímicas y microbiológicas de productos farmacéuticos. Entre las formas farmacéuticas que analizan se encuentran tabletas, cápsulas, soluciones orales, soluciones parenterales, geles, ungüentos, emulsiones, aerosoles, inyectables, cremas, liofilizados. Laboratorio de referencia de acuerdo con la Ley No.1, 2001.

 Para obtener más información sobre las instancias reguladoras, consulte los siguientes enlaces:

4.1 Lista de Contactos Gubernamentales 

4.3 Lista de contacto de Laboratorios y Pruebas de calidad

 


1.3 Panamá Información de Aduanas

Excepción de Impuestos y Gravámenes

Para información de contacto referente a la Autoridad Nacional de Aduanas, favor referirse al siguiente enlace: 

Insertar aqui. Lista de Contactos Gubernamentales.

Para más información referente a los procesos aduaneros en Panamá, favor ver este enlace: https://www.ana.gob.pa

Respuesta a Emergencias:

 [Nota: esta sección contiene información relacionada y aplicable a tiempos de 'crisis'. Estos instrumentos se pueden aplicar cuando el gobierno declara oficialmente una emergencia. Cuando esto ocurre, generalmente hay un proceso optimizado para importar mercancías libres de impuestos y derechos.]


Acuerdo / Descripción de Convenios

¿Ratificados por el país?

WCO (Organización Mundial de aduanas) miembro

Sí, 8 de marzo de 1996

Anexo J-5 Convenio de Kyoto ratificado

No 

OCHA Model Agreement

N.D.

Convención de Tampere (sobre la Provisión de recursos de telecomunicaciones para Mitigación de operaciones de Desastres) 

Sí, 5 de marzo de 2003

Acuerdos Regionales (Respuesta a Emergencias, o acuerdos aduaneros o de integración regional) 

Sí,

  • Agencia de Manejo de Emergencias y Desastres en el Caribe (CDEMA)
  • Centro de Coordinación para la Prevención de Desastres Naturales en América Central y República Dominicana (CEPREDENAC)
    • Mecanismo Regional de Asistencia Humanitaria ante Desastres Del Sistema de Integración Centroamericana- MecReg-SICA
    • Protocolo Centroamericano de envíos, tránsito y recepción de asistencia humanitaria y técnica Internacional en situaciones de desastre/ emergencia.

Procedimiento Centroamericano para la facilitación del tránsito terrestre de envíos de socorro. resolución 306-2017 (COMIECO-EX)

Régimen regular de exención (Procesos regulares – para tiempos de calma, fuera de emergencia):

En Panamá, la exención de aranceles e impuestos de importación para ayuda humanitaria está regulada por el Decreto 12 de gabinete del 29 de marzo de 2016- Artículo 150 literal a.

Las exoneraciones de impuestos se otorgan en base a las leyes especiales. Estos son independientes a las partidas arancelarias que se aplica a los equipos, insumos y demás artículos, necesarios para el desarrollo de la actividad económica que desempeña la empresa o el organismo internacional.

Las organizaciones que pueden operar en el país en casos de emergencia son los organismos Internacionales, así como La Cruz Roja Panameña y entidades del Estado que puedan importar artículos de ayuda humanitaria o socorro.

De acuerdo con la Ley que ampara a quien importe se hace entonces el reconocimiento del derecho de exoneración. Por ejemplo: el Despacho de la Primera Dama puede importar mercancía de ayuda humanitaria con excepción de vehículos; mientras que la Federación Internacional de Cruz Roja y Media Luna Roja cuenta con el beneficio para la exoneración de vehículos.


Requisitos Organizacionales para obtener el Estado Libre de Impuestos

Agencias de las Naciones Unidas

  • Debe estar acreditada como Organismo Internacional ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Solicitud de exoneración por cada embarque por el Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Autoridad Nacional de Aduanas.
  • Pre-declaración de Aduanas a nombre del organismo.
  • Documento de embarque de la mercancía consignados a las Naciones Unidas.
  • Requisitos que sean necesarios de acuerdo con la naturaleza de la mercancía por parte de los Órganos Anuentes.

Organizaciones No Gubernamentales

  • Acreditación por parte del Órgano Anuente que corresponda. Ejemplo: las iglesias, Fundación Remar, estas dos son certificadas por diferentes órganos anuentes.
  • Solicitud de exoneración ante la Autoridad Nacional de Aduanas.
  • Pre declaración a nombre de la ONG.
  • Documentos de embarque de las mercancías consignado a nombre de la ONG

Procedimiento de Solicitud de Certificado de Exención

Generalidades (Documentación necesaria)

 Acreditación previa autorización del Órgano Anuente que regula la actividad

  • Solicitud de exoneración ante la Autoridad Nacional de Aduanas.
  • Pre declaración de Aduanas
  • Documento de embarque.

Nota: Estos documentos son por cada importación.

Procedimientos a seguir

 Nota: Si el organismo no está facultado para auto gestionar su autorización de exoneración debe realizarlo un Corredor de Aduanas idóneo y autorizado por la Autoridad Nacional de Aduanas.

  1. El interesado o Corredor de Aduanas presenta solicitud ante la Dirección de Gestión Técnica de la Autoridad Nacional de Aduanas.
  2. La Dirección de Gestión Técnica remite solicitud al departamento de Exenciones Arancelarias.
  3. Los analistas de Exenciones Arancelarias revisan la solicitud junto a los documentos que la amparan.
  4. En caso de inconsistencias se devuelve a Gestión Técnica para que se notifique al interesado y proceda a subsanar.
  5. En caso de que no haya inconsistencias, paso a Control Fiscal de la Contraloría ubicado en la sede central de Aduanas.
  6. En caso de inconsistencias, se devuelve a Exenciones Arancelarias para que se notifique al interesado y proceda a subsanar
  7. En caso de que no haya inconsistencias, es refrendado y se devuelve a Exenciones Arancelarias.
  8. El analista de Exenciones Tributarias autoriza la pre-declaración de aduanas en el sistema informático.
  9. Se envía a Gestión Técnica.
  10. Gestión Técnica notifica al interesado / Corredor.
  11. El interesado/ Corredor puede registrar de Pre-Declaración a Declaración.

Requisitos del documento de certificado de Exención

Requisitos de documentos para la obtención del certificado de exención de aranceles e impuestos (por producto)

 

Alimentos

NFI (Refugio, WASH*, Educación)

Medicinas

Vehículos & Piezas de repuesto

Personal y suministros de oficina

Equipos de telecom

Factura

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

AWB/BL/Otros documentos de transporte

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Donación / Certificados no comerciales

Sí,

1 copia

Si fue por Donación

Sí,

1 copia

Si fue por Donación

Sí,

1 copia

Si fue por Donación

Sí,

1 copia

Si fue por Donación

Sí,

1 copia

Si fue por Donación

Sí,

1 copia

Si fue por Donación

Listas de empaque

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Sí,

1 copia

Otros documentos

Notas de cancillería, si aplica. Permisos requeridos por Órganos Anuentes si aplica.

Notas de cancillería, si aplica. Permisos requeridos por Órganos Anuentes si aplica.

Notas de cancillería, si aplica. Permisos requeridos por Órganos Anuentes **si aplica.

Notas de cancillería, si aplica. Permisos requeridos por Órganos Anuentes si aplica.

Notas de cancillería, si aplica. Permisos requeridos por Órganos Anuentes si aplica.

Notas de cancillería, si aplica. Permisos requeridos por Órganos Anuentes si aplica.

*WASH: Water, Sanitation, and Hygiene – Agua, Saneamiento e Higiene

** Requisitos para el ingreso de medicamentos regulares:

Presentar la siguiente documentación en la ventanilla del Departamento de Importaciones, en el edificio 253, planta baja del Ministerio de Salud en Ancón:

  1. Pre-declaración de Aduana (emitido por corredores de aduana)
  2. Factura que cumpla con el artículo 68 de la ley 1 del 10 de enero del 2001 sobre medicamentos y otros productos para la salud humana, y el artículo 16 del decreto ejecutivo 36 del 17 de enero del 2020.
  3. El conocimiento de embarque (guía aérea, carta de porte, conocimiento de embarque marítimo según el caso)
  4. Licencia de operación vigente por Farmacia y Drogas.
  5. Existen documentos adicionales a presentarse si así lo requiere el producto, como los certificados de negatividad de dietilenglicol debidamente legalizado, los permisos de importación y exportación de sustancias controladas.

**Requisitos para el ingreso de vacunas:

Presentar la siguiente documentación en la ventanilla del Departamento de Importaciones, en el edificio 253, planta baja del Ministerio de Salud en Ancón:

  1. Pre-declaración de Aduanas (emitido por corredores de aduana)
  2. Factura que cumpla con el artículo 68 de la ley 1 del 10 de enero del 2001 sobre medicamentos y otros productos para la salud humana, y el artículo 16 del decreto ejecutivo 36 del 17 de enero del 2020.
    1. Nombre comercial o genérico del producto.
    2. Forma farmacéutica
    3. Presentación
    4. Número de registro
    5. Número de lotes
    6. Identificación del empaque por lote de producción y fecha de vencimiento del medicamento
    7. Nombre del fabricante del producto, y del diluyente, cuando aplique
    8. Nombre del acondicionador
    9. País de origen y fabricación
    10. Vías de administración
    11. Concentración del producto
    12. Otros requeridos por la autoridad sanitaria.
  3. El conocimiento de embarque (guía aérea, carta de porte, conocimiento de embarque marítimo según el caso)
  4. Licencia de operación vigente por Farmacia y Drogas.
  5. Documentación técnica (certificado de liberación de lote emitido por la autoridad sanitaria del país de origen y certificado de análisis debidamente apostillado), artículo 281 del Decreto Ejecutivo 95 del 15 de mayo de 2019, y el artículo 69 de la ley 1 del 10 de enero del 2001.
  6. Protocolo resumido de producción y control de calidad.

Marco legal de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas.

  • Ley No. 1 de 10 de enero de 2001. "Sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana".
  • Ley No. 97 de 4 de octubre de 2019. Que modifica y adiciona artículos a la Ley 1 de 10 de enero de 2001, Sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana, y dicta otras disposiciones”.
  • Decreto Ejecutivo N° 95, de 14 de mayo de 2019, Que Reglamenta la Ley 1 de 10 de enero de 2001, Sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana”, artículo 281 sobre biológicos como las vacunas.
  • Decreto Ejecutivo No. 36 de 17 de enero de 2020. “Que reglamenta la Ley 1 de 10 de enero de 2001, Sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana y dicta otras disposiciones, conforme fue modificada por la Ley 97 de 4 de octubre de 2019”.
  • Decreto Ejecutivo No. 988 de 8 de septiembre de 2015, “Que establece la regulación para las donaciones de Medicamentos y Dispositivos Médicos para el uso humano, en la República de Panamá” artículos 6, 7, 13,14 y 15

Despacho de Aduanas

Generalidades

Información de Aduanas

Requisitos de documentos 

  • Declaración de Aduanas
  • Factura
  • Documento de Transporte
  • Licencias / Regulaciones

Embargos

Ninguno

Artículos Prohibidos

  • Sustancias ilícitas.
  • Armas de destrucción masiva.
  • Otras que establezca la ley.

Restricciones Generales

Ninguno

Requisitos de documentos para el despacho de aduanas

Requisitos de documentos para la salida aduanas (Por producto)

 

Alimentos

NFI (Refugio, WASH, Educación)

Medicinas

Vehículos & Piezas de repuesto

Personal y suministros de oficina

Equipos de telecom

Certificado de exención de D&T

No

No

No

No

No

No

Factura

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

AWB/BL/Otros documentos de transporte

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Donación / Certificados no comerciales

No

No

No

No

No

No

Listas de empaque

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Sí, original y 2 copias

Certificado Fitosanitario

Sí, original y 2 copias

Si en caso lo requiera.

No

Sí, original y 2 copias

Si en caso lo requiera.

No

Otros documentos



Autorización por parte de farmacias y drogas (por Sistema o refrendado en la Declaración)




Notas adicionales

La Autoridad Nacional de Aduanas no emite un certificado de exención, La declaración de Aduanas en caso de ser exonerada pasa por un proceso de Visto Bueno por el departamento de exenciones tributarias.

Dependiendo del tipo de mercancía, la Declaración de Aduanas puede necesitar una autorización o sello fresco que refrende la misma. Esta autorización o sello deberá ser emitido por el Órgano Anuente.

Régimen de Tránsito

Para el tránsito interno se utiliza un formulario de tránsito Interno regulado por el Decreto de Gabinete 12 del 29 de marzo de 2016. En caso del tránsito Internacional de Mercancías se aprobó la resolución 386-2017 (COMIECO-EX) que regula el procedimiento centroamericano para la facilitación del tránsito terrestre de envíos de socorro durante emergencias, en caso de envío regular se regirá por el reglamento COMRIEDRE65-2001.

Para la exportación e importación de envíos de socorro se debe aplicar lo que dicta del artículo 554 al 562 del RECAUCA (envíos urgentes).

Los medios de transportes aptos para la conducción de mercancía no nacionalizada al amparo del formulario deberán reunir las condiciones siguientes:

  • Que sus dispositivos de cierre presenten la seguridad necesaria para la autorización;
  • Que sea posible colocar en él, de manera sencilla y eficaz, los precintos aduaneros;
  • Que carezca de espacios ocultos en los que se puedan esconder mercancías;
  • Que no dé lugar a la sustracción ni introducción de mercancía, sin violar los precintos aduaneros; y
  • Que todos los lugares de medios de transportes que puedan contener mercancías sean fácilmente accesibles para realizar las inspecciones aduaneras.

Para la utilización de Custodios se aplique siempre y cuando el medio de transporte no cumpla con algunos de los puntos anteriores se utilizarán los costos establecidos en el Decreto de Gabinete 12 del 29 de marzo de 2016.

Para la situación de los depósitos (Bonds) se emplea lo establecido en el artículo 110 del RECAUCA.

Ingreso de farmacéuticos en tránsito a Panamá.

Para ingreso de medicamentos en tránsito, solo se permite cuando el regente de esa empresa importadora es representante de Panamá y Centroamérica, el mismo tramita la documentación en Panamá y se nacionaliza la carga, para posteriormente enviarla a los diferentes países de destino. La factura debe declarar que esos productos van destinados para otros países y no se quedan aquí en Panamá.