Colombia
2.3.2 Colombia Cruce Fronterizo Cúcuta - Norte de Santander
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Generalidad

El puente internacional Simón Bolívar es el principal paso de frontera que comunica los países de Colombia y Venezuela, por donde pasa el río Táchira que marca la frontera entre las dos naciones.

Este puente es de gran importancia para la integración comercial de ambos países, pues a través de éste se pasan el 80% de las exportaciones procedentes de Colombia hacia Venezuela.

En el lado colombiano el puente comunica los municipios de San José de Cúcuta y Villa del Rosario con las ciudades de San Antonio y San Cristóbal del estado del Táchira en Venezuela. La estructura es compartida por ambos países; tiene 315 metros de largo, 2 carriles y un ancho de 7,3 metros.

Actualmente este cruce presenta un gran flujo de personas, quienes cruzan a territorio colombiano desde Venezuela principalmente para la compra de alimentos, trabajo informal, compra de medicamentos y atención en salud. Tanto en Cúcuta como en Villa del Rosario existe una oferta suficiente para proveer todo tipo de bienes de consumo, salud, etc. tanto para ciudadanos locales como para migrantes, que tengan la posibilidad de pagarlos.

Cruce Fronterizo Ubicación y Contacto

Nombre del cruce

Puente Simón Bolívar

Departamento

Norte de Santander

Ciudad o pueblo más cercano al cruce y distancia

Villa del Rosario a 0 Km.

San José de Cúcuta a 10 Km

Latitud

7.9075°

Longitud

-72.504722°

Autoridad, Administración

Alcalde de Cúcuta

Persona de Contacto

Lina Serrano, Asesora Regional

Tel.  5784949

Tiempo Desplazamientos

Aeropuerto Internacional más Cercano

Aeropuerto Internacional Camilo Daza, Norte de Santander

Distancia en Km: 5.4 km

Tiempo de desplazamiento camión: 0.3 h

Tiempo desplazamiento automóvil: 0.2 h

Puerto más Cercano

Puerto de Santa Marta, Magdalena

Distancia en Km: 633 km

Tiempo desplazamiento camión: 22 Hrs

Tiempo desplazamiento automóvil: 11 Hrs

Ciudad más cercana con mercados, proveedores mayoristas y/o manufacturas y producción relevantes

 

Cúcuta, Norte de Santander

Distancia en Km: 5 km

Tiempo desplazamiento camión: 0.3 h

Tiempo desplazamiento automóvil: 0.2 h

Información adicional

 

En la ciudad de Cúcuta y en Villa del Rosario hay estaciones de gasolina. Antes del paso de frontera en el Puente Simón Bolívar hay básculas camiones para pesaje de vehículos. 

Horario de Operaciones

Lunes

24 Hrs.

Martes

24 Hrs.

Miércoles

24 Hrs.

Jueves

24 Hrs.

Viernes

24 Hrs.

Sábado

24 Hrs.

Domingo

24 Hrs.

Feriado/s nacional/es

Cerrado

Contingencias relacionadas a la estación del año

Los meses de octubre y noviembre son meses de fuertes lluvias.

Capacidad Diaria, Movimiento

Por este Puesto de Control Migratorio, se mueve cerca del 90% de las personas que transitan por zona de frontera. La actual crisis de Venezuela, agravada por la escasez de gasolina, tiene al borde del colapso humanitario este paso fronterizo ya que a diario se mezclan miles de personas que quieren salir de la nación caribeña con los que buscan regresar empujados por la pobreza y la pandemia de la covid-19.

También existe un comercio informal debido a gran cantidad de trochas ilegales (17 trochas identificadas en octubre de 2020) en esta parte de frontera, donde se movilizan personas y bienes de consumo, al margen de los controles propios de un paso fronterizo debidamente reconocido.

Aduanas

De acuerdo con el Artículo 90 del Decreto 1165 de 2019, todo medio de transporte que llegue al territorio aduanero nacional deberá arribar por los lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y aduanas Nacionales (DIAN).

Tiempos (aprox.)

Los procesos aduaneros basados en el decreto 1165 de 2019 estipulan que los tipos de controles son:

  • Inspección física: esta inspección tiene como duración 1 día hábil siguiente, es decir si la carga llega un lunes, el vehículo parte a su destino el martes. 
  • Inspección documental: esta tiene como duración de 1 a 3 día máximo 
  • Inspección automática: el mismo día

Documentos

Todos los documentos contemplados en el artículo 349 del decreto 1165 del 2019

  • Solicitud de autorización de embarque 
  • Planilla de transporte 
  • Factura
  • Lista de empaque (cuando ella hubiese lugar)
  • Documentos del transporte
  • Visto bueno (cuando ella hubiese lugar)
  • Mandato aduanero.


Estos documentos se deben conservar durante 5 años en la agencia aduanera que haga el trámite de la operación de transporte.

En los casos en que el medio de transporte no contenga carga o transporte únicamente pasajeros a través de empresas de servicio público o privado, o se trate de una escala o recalada técnica, el transportador dará aviso de su arribo a la administración aduanera en la oficina de correspondiente, con una anticipación mínima de 1 hora.

Una vez que llega al paso de frontera se procede a la recepción y registro de los documentos de viaje en el paso de frontera, donde la Mercancía es presentada ante la autoridad aduanera. Se entiende por mercancía presentada, aquella de procedencia extranjera relacionada en la Carta de Porte, que se presenta a través de la plataforma web de la DIAN y deberá corresponder como mínimo a los siguientes datos:

  1. Identificación del medio de transporte
  2. Datos de viaje, tales como:
    1. Procedencia de las mercancías
    2. Lugar de destino
    3. Peso y cantidad total de las unidades de carga a transportar.
    4. Números de los documentos de transporte.
    5. Número de bultos, peso.
    6. La indicación de carga consolidada,

La Información de los documentos de transporte que se presente a través de la plataforma web de la DIAN, respecto de los documentos de transporte y consolidadores, deberá contener como mínimo los siguientes datos:

  1. NIT del consignatario (que no sea el del depósito temporal o aduanero)
  2. Sub partida arancelaria
  3. Tipo de carga
  4. Número y fecha del documento de transporte o del documento consolidador.
  5. Cantidad de bultos, peso y volumen, según corresponda
  6. Identificación de la unidad de carga, cuando a ello hubiere lugar
  7. Descripción general de la mercancía
  8. Otras características del contrato de transporte según se exija por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El transportador debe entregar la información de los documentos de viaje, a través de la plataforma web de la DIAN, la información de los documentos de viaje antes o al momento de la llegada del medio de transporte.

Al momento de la llegada del medio de transporte al territorio aduanero nacional, el transportador o su representante informarán tal hecho, a través de la plataforma web de la DIAN. Recibido el aviso de llegada, la DIAN autorizará el ingreso de la mercancía al territorio nacional. Para efectos aduaneros, la fecha de llegada de la mercancía será la del acuse de recibo del aviso de llegada a través de los Servicios Informáticos Electrónicos.

En el modo de transporte terrestre, no hay lugar a la presentación del aviso de finalización de descargue. Cuando se trate de carga consolidada, el transportador está obligado a informar de manera inmediata al descargue, al agente de carga internacional o al operador de transporte multimodal, para que éstos inicien las operaciones correspondientes a su obligación.

Finalmente, en la diligencia de reconocimiento se verificará la conformidad entre la carga y la información consignada en la carta de porte y los documentos que soporten la operación comercial, así como el cumplimiento de exigencias previstas en normas especiales, sin perjuicio de la facultad de practicar la diligencia de aforo sobre las mercancías, cuando la DIAN lo determine. 

En ese momento se presenta la declaración de importación (DUA) en el través de la plataforma web de la DIAN y se le da aceptación; paso seguido se liquidan los tributos aduaneros y se paga en banco o por transferencia electrónica. Posteriormente con la confirmación del pago de la declaración en el sistema, se solicita el levante de la mercancía en este mismo medio. El levante puede arrojar inspección física o automática; si es el primero el inspector de la DIAN debe corroborar que la mercancía física concuerde con lo consignado en documentos para finalmente emitir el levante y libre disposición de la mercancía. En caso de ser automática se obtiene el levante y libre disposición de manera inmediata.

Contacto

DIAN Dirección Seccional Cúcuta, Puente Internacional Simón Bolívar,

Teléfonos: 3045233301, 3008147213. Horarios: 7x24

 

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