Colombia
2.3.4 Colombia Cruce Fronterizo Arauca
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Generalidad

El Puente Internacional José Antonio Páez es un cruce limítrofe sobre el río Arauca que comunica a las poblaciones El Amparo (Apure) en Venezuela, y la ciudad de Arauca en Colombia; este es el único cruce formal en todo el territorio limítrofe venezolano con el departamento de Arauca en el territorio colombiano.El puente comunica con los municipios de Arauca, Páez en Colombia y el estado Apure por Venezuela. La estructura es compartida por ambos países; tiene 200 metros de largo, 2 carriles y un ancho de 7.3 metros.

Las personas en frontera que llegan a territorio colombiano desde Venezuela buscan principalmente satisfacer necesidades tales como: compra de alimentos y medicamentos, trabajo informal y atención en salud; usualmente retornan a su pais de origen el mismo día. Los municipios fronterizos colombianos cuentan con ofertas suficientes para proveer todo tipo de bienes de consumo, servicios de salud, entre otros. tanto para ciudadanos locales como para migrantes.

Cruce Fronterizo Ubicación y Contacto

Nombre del cruce

Puente Internacional José Antonio Páez, Arauca

Departamento

Arauca

Ciudad o pueblo más cercano al cruce y distancia

Arauca a 1km

Latitud

 7.0887

Longitud

-70.7403

Autoridad, Administración

Alcalde de Arauca

Persona de Contacto

Yair Reyes, Migración Colombia

Teléfono: 322 8425230

 

Tiempo Desplazamientos

Aeropuerto Internacional más Cercano

Aeropuerto Internacional Camilo Daza, Norte de Santander

Distancia en km: 214 Km

Tiempo de desplazamiento camión: 12 H 35 Min

Tiempo desplazamiento automóvil: 9 Hrs

Puerto más Cercano

Santa Marta International Terminal Company – Sociedad Portuaria de Santa Marta

Distancia en km: 982 km

Tiempo desplazamiento camión: 28 Hrs

Tiempo desplazamiento automóvil: 23 Hrs

Ciudad más cercana con mercados, proveedores mayoristas y/o manufacturas y producción relevantes

 

Cúcuta, Norte de Santander

Distancia en km: 393 km

Tiempo desplazamiento camión: 18 Hrs

Tiempo desplazamiento automóvil: 13 Hrs

Información adicional

 

Ruta alterna desde Bogotá hacia Arauca por la vía de Tunja.

Distancia en km: 704 Km

Tiempo de desplazamiento camión: 15 Hrs 33 Min

Tiempo desplazamiento automóvil: 12 Hrs 40 Min


Ruta alterna desde Bogotá hacia Arauca por la vía al llano (Villavicencio) Distancia en km: 736 Km

Tiempo de desplazamiento camión: 14 Hrs 20 Min

Tiempo desplazamiento automóvil: 13 Hrs 20 Min

Horario de Operaciones

Lunes

24 Hrs.

Martes

24 Hrs.

Miércoles

24 Hrs.

Jueves

24 Hrs.

Viernes

24 Hrs.

Sábado

24 Hrs.

Domingo

24 Hrs.

Feriado/s nacional/es

Cerrado

Contingencias relacionadas a la estación del año

Los meses de octubre y noviembre son meses de fuerte lluvias.

 

Capacidad Diaria, Movimiento

Un promedio de 143 vehículos ingresa a Colombia por el puente binacional de Rumichaca y 149 salen diariamente del país rumbo a Ecuador.

Actualmente se encuentra cerrada la frontera desde el lado venezolano para el desplazamiento de vehículos particulares, por el lado colombiano únicamente está habilitado el cruce de vehículos de carga de placa colombiana hasta el puesto de control del SAIME (Aduana Venezolana) ubicado a 1 km del puente internacional. Igualmente, el ingreso de vehículos de carga con placa venezolana sólo se permite hasta una zona de descargue informal ubicado a 500 metros del lado colombiano. La capacidad de soporte del puente es de 50 toneladas; no existen rutas alternas para el desplazamiento de ningún vehículo, ya que toda la zona limítrofe es por afluente (Rio Arauca).

Aduanas

DIAN-SECCIONAL ARAUCA 

Persona de Contacto: Horacio Sierra

Teléfono: 315 865 0515

email: hsierrae@dian.gov.co

De acuerdo con el Artículo 90 del Decreto 1165 de 2019, todo medio de transporte que llegue al territorio aduanero nacional deberá arribar por los lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y aduanas Nacionales (DIAN).


Tiempos (aprox.)

Los procesos aduaneros basados en el decreto 1165 de 2019 estipulan que los tipos de controles son:

  • Inspección física: Esta inspección tiene como duración 1 día hábil siguiente, es decir si la carga llega un lunes, el vehículo parte a su destino el martes. 
  • Inspección documental: Esta tiene como duración de 1 a 3 día máximo 
  • Inspección automática: El mismo día

Documentos

Todos los documentos contemplados en el artículo 349 del decreto 1165 del 2019

  • Solicitud de autorización de embarque 
  • Planilla de transporte 
  • Factura
  • Lista de empaque (cuando ella hubiese lugar)
  • Documentos del transporte
  • Visto bueno (cuando ella hubiese lugar)
  • Mandato aduanero.

Estos documentos se deben conservar durante 5 años en la agencia aduanera que haga el trámite de la operación de transporte.

En los casos en que el medio de transporte no contenga carga o transporte únicamente pasajeros a través de empresas de servicio público o privado, o se trate de una escala o recalada técnica, el transportador dará aviso de su arribo a la administración aduanera en la oficina de correspondiente, con una anticipación mínima de 1 hora.

Una vez que llega al paso de frontera se procede a la recepción y registro de los documentos de viaje en el paso de frontera, donde la Mercancía es presentada ante la autoridad aduanera. Se entiende por mercancía presentada, aquella de procedencia extranjera relacionada en la Carta de Porte, que se presenta a través de la plataforma web de la DIAN y deberá corresponder como mínimo a los siguientes datos:

  1. Identificación del medio de transporte
  2. Datos de viaje, tales como:
    1. Procedencia de las mercancías
    2. Lugar de destino
    3. Peso y cantidad total de las unidades de carga a transportar
    4. Números de los documentos de transporte
    5. Número de bultos, peso
    6. La indicación de carga consolidada.

La Información de los documentos de transporte que se presente a través de la plataforma web de la DIAN, respecto de los documentos de transporte y consolidadores, deberá contener como mínimo los siguientes datos:

  1. NIT del consignatario (que no sea el del depósito temporal o aduanero)
  2. Sub partida arancelaria
  3. Tipo de carga
  4. Número y fecha del documento de transporte o del documento consolidador.
  5. Cantidad de bultos, peso y volumen, según corresponda
  6. Identificación de la unidad de carga, cuando a ello hubiere lugar
  7. Descripción general de la mercancía
  8. Otras características del contrato de transporte según se exija por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

El transportador debe entregar la información de los documentos de viaje, a través de la plataforma web de la DIAN, la información de los documentos de viaje antes o al momento de la llegada del medio de transporte.

Al momento de la llegada del medio de transporte al territorio aduanero nacional, el transportador o su representante informarán tal hecho, a través de la plataforma web de la DIAN. Recibido el aviso de llegada, la DIAN autorizará el ingreso de la mercancía al territorio nacional. Para efectos aduaneros, la fecha de llegada de la mercancía será la del acuse de recibo del aviso de llegada a través de los Servicios Informáticos Electrónicos.

En el modo de transporte terrestre, no hay lugar a la presentación del aviso de finalización de descargue. Cuando se trate de carga consolidada, el transportador está obligado a informar de manera inmediata al descargue, al agente de carga internacional o al operador de transporte multimodal, para que éstos inicien las operaciones correspondientes a su obligación.

Finalmente, en la diligencia de reconocimiento se verificará la conformidad entre la carga y la información consignada en la carta de porte y los documentos que soporten la operación comercial, así como el cumplimiento de exigencias previstas en normas especiales, sin perjuicio de la facultad de practicar la diligencia de aforo sobre las mercancías, cuando la DIAN lo determine. 

En ese momento se presenta la declaración de importación (DUA) en el través de la plataforma web de la DIAN y se le da aceptación; paso seguido se liquidan los tributos aduaneros y se paga en banco o por transferencia electrónica. Posteriormente con la confirmación del pago de la declaración en el sistema, se solicita el levante de la mercancía en este mismo medio. El levante puede arrojar inspección física o automática; si es el primero el inspector de la DIAN debe corroborar que la mercancía física concuerde con lo consignado en documentos para finalmente emitir el levante y libre disposición de la mercancía. En caso de ser automática se obtiene el levante y libre disposición de manera inmediata.

Información Adicional

Los espacios donde se da manejo a las cargas son espacios ubicados en el perímetro urbano de la ciudad. De carácter privado (zona primaria) y contratados eventualmente para el uso de sus servicios (báscula, cargue y descargue de mercancías). No existe ninguna zona de inspección específica para las cargas.

Contacto:

DIAN-SECCIONAL ARAUCA – Persona de Contacto: Horacio Sierra

Teléfono: 315 865 0515

email: hsierrae@dian.gov.co


 

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